Certificación laboral
PERM es el proceso para obtener la certificación laboral, que es el primer paso del proceso de la tarjeta verde para la mayoría de los extranjeros que buscan la residencia permanente a través de su empleo.
Para obtener una Certificación Laboral PERM aprobada, el empleador debe demostrar (a través de publicidad en los periódicos y otros métodos de contratación) que no logró contratar a un trabajador estadounidense calificado para un puesto determinado.
Pregunta: ¿Cuánto tiempo toma el proceso de certificación laboral?
Respuesta: En este momento, el proceso de certificación laboral está demorando aproximadamente 2 meses, pero los tiempos de procesamiento cambian. El proceso de contratación, que se completa antes de la presentación de la certificación laboral, demora aproximadamente tres meses.
Pregunta: ¿La presentación de una certificación laboral me mantiene en situación legal en los EE. UU.?
Respuesta: No. Una certificación laboral es una petición de parte de un empleador y no le permite a un ciudadano extranjero mantener su estatus en los EE. UU.
Pregunta: ¿El ciudadano extranjero tiene que estar trabajando para el empleador para ser elegible para presentar una certificación laboral?
Respuesta: No. El empleador debe tener la intención de contratar al extranjero cuando se apruebe la solicitud de residencia. La mayoría de los extranjeros, sin embargo, trabajan para el empleador que los patrocina, pero la ley no lo exige.
Pregunta: ¿Todos los extranjeros que desean una tarjeta verde a través del empleo deben pasar por el proceso de certificación laboral?
Respuesta: No. La mayoría de las personas tienen que pasar por el proceso de certificación laboral, pero hay algunas categorías de ciudadanos extranjeros que están exentos. Estos incluyen ejecutivos y gerentes multinacionales, personas con habilidades extraordinarias en las artes, las ciencias o los negocios, ciertas enfermeras y fisioterapeutas y personas que pueden demostrar que es de interés nacional renunciar a los requisitos de certificación laboral.
Requisitos generales de certificación laboral:
El empleador debe estar preparado para contratar al trabajador extranjero a tiempo completo y de forma permanente.
Debe haber una vacante de buena fe disponible para los trabajadores estadounidenses.
Los requisitos laborales deben cumplir con lo que se requiere habitualmente para la ocupación en los EE. UU. Y es posible que no se adapten a las calificaciones del trabajador. En otras palabras, el empleador debe establecer que la oportunidad de trabajo se ha descrito sin el uso de requisitos laborales indebidamente restrictivos, a menos que pueda demostrar que surgen de una necesidad comercial.
El empleador debe pagar al menos el salario vigente por la ocupación en el área de empleo previsto.
Forma de solicitud
El empleador de EE. UU. Solicita una certificación laboral permanente completando una Solicitud de Certificación Laboral Permanente (“Formulario ETA 9089 ″).
Esta solicitud describe los deberes laborales, los requisitos educativos, la capacitación, la experiencia y otras capacidades especiales que el extranjero debe poseer para realizar el trabajo, y una declaración de las calificaciones del posible extranjero.
Las solicitudes que se envían por correo deben contener la firma original del empleador, el extranjero y el preparador (si corresponde) cuando son recibidas por el centro de procesamiento.
Las solicitudes presentadas electrónicamente deben, al recibir la certificación laboral permanente emitida por ETA, ser firmadas inmediatamente por el empleador, el extranjero y el preparador (si corresponde) para que sean válidas.
Requisitos de salario prevaleciente:
Antes de presentar el Formulario ETA 9089, el empleador de EE. UU. Debe solicitar primero una determinación de salario prevaleciente al Departamento de Trabajo de EE. UU. La solicitud de salario prevaleciente se envía electrónicamente y el tiempo de respuesta del DOL es de aproximadamente 30 días. Una vez que el DOL proporciona el salario vigente, el empleador puede comenzar el proceso de contratación.
Pregunta: ¿Cómo prueba mi empleador que tiene la capacidad de pagar el salario vigente?
Respuesta: Hay varias formas de demostrar la capacidad para pagar el salario vigente.
a) Declaraciones de impuestos: el empleador puede demostrar que puede pagar con sus ingresos netos o con sus activos corrientes netos (activos corrientes menos pasivos corrientes)
b) Estados financieros auditados: el empleador puede demostrar que puede pagar con los ingresos netos o los activos corrientes netos
c) W-2 o 1099: si el empleador ha estado empleando al ciudadano extranjero, puede demostrar su capacidad de pago demostrando que ya le ha pagado al empleado.
d) Informes anuales: El empleador puede demostrar la capacidad de pago de sus informes anuales.
e) Carta del CFO u otra persona autorizada de la empresa: Esto se aplica solo a las empresas que emplean a más de 100 trabajadores.
Pregunta: Sé que mi empleador puede pagarme pero no puede demostrarlo. ¿Debo seguir adelante con el proceso de certificación laboral?
Respuesta: No recomendamos iniciar un proceso de certificación laboral sin una prueba de capacidad de pago por parte del empleador.
Pregunta: Mi empleador dice que no muestran sus declaraciones de impuestos o estados financieros a nadie. ¿Debo seguir adelante con el proceso de certificación laboral?
Respuesta: Se requerirá que el empleador muestre al gobierno alguna evidencia de su capacidad para pagar el salario prevaleciente, a menos que el empleado pueda mostrar W-2 o 1099 iguales o mayores que el monto del salario prevaleciente. Por lo tanto, no recomendamos seguir adelante con un proceso de certificación laboral sin que el empleador esté de acuerdo en enviar información financiera al comienzo del proceso.
Requisitos de contratación previos a la presentación:
Todos los empleadores de EE. UU. Que presenten el Formulario ETA 9089 (excepto aquellas solicitudes que involucren a maestros de colegios o universidades seleccionados de conformidad con un proceso competitivo de reclutamiento y selección, ocupaciones precertificadas del Anexo A y pastores de ovejas) deben dar fe, además de una serie de otras condiciones de empleo, a haber realizado el reclutamiento antes de presentar la solicitud.
Ocupaciones profesionales:
El empleador debe contratar según las normas para ocupaciones profesionales establecidas en 20 CFR §656.17 (e) (1) si la ocupación involucrada está en la lista de ocupaciones (publicada en el Apéndice A del preámbulo de la regulación PERM final) para las cuales un Licenciatura o título superior es un requisito habitual.
El empleador debe mantener la documentación del reclutamiento y estar preparado para presentar esta documentación en caso de una auditoría o en respuesta a una solicitud del Oficial de Certificación antes de emitir una determinación final.
Pasos obligatorios de contratación:
El requisito de una orden de trabajo y el requisito de dos anuncios impresos en el periódico de circulación general, son obligatorios para todas las solicitudes que involucren ocupaciones profesionales, excepto las solicitudes para profesores universitarios o universitarios seleccionados en un proceso competitivo de selección y contratación (que se describe a continuación).
Pregunta: Ya nadie lee los anuncios impresos en las secciones de clasificados de los periódicos. ¿No puedo hacer anuncios en línea?
Respuesta: No. Las regulaciones PERM requieren 2 anuncios impresos, por lo que deben estar en la versión impresa de los periódicos.
Pregunta: Mi empleador ya ha estado contratando para el puesto. ¿Podemos utilizar los anuncios ya publicados para una certificación laboral?
Respuesta: A menos que los anuncios cumplan con las regulaciones PERM, no se pueden utilizar para una certificación laboral.
Los pasos obligatorios de contratación deben realizarse al menos 30 días, pero no más de 180 días, antes de la presentación de la solicitud.
Órdenes de trabajo
El empleador de EE. UU. Debe realizar una orden de trabajo con la SWA que presta servicios en el área de empleo previsto durante un período de 30 días.
Las fechas de inicio y finalización de la orden de trabajo ingresada en la solicitud servirán como documentación de este paso.
Anuncios en periódicos o revistas profesionales
El empleador de los EE. UU. Debe colocar un anuncio en dos domingos diferentes en el periódico de circulación general en el área de empleo previsto más apropiado para la ocupación y los trabajadores que pueden solicitar la oportunidad de trabajo y que tienen más probabilidades de obtener respuestas de personas capaces, dispuestas y calificadas. y trabajadores estadounidenses disponibles.
Si la oportunidad de trabajo está ubicada en un área rural de empleo previsto que no tiene un periódico con edición dominical, el empleador puede utilizar la edición con la circulación más amplia en el área de empleo previsto.
La documentación de este paso puede satisfacerse proporcionando copias de las páginas del periódico en las que aparecieron los anuncios o prueba de publicación proporcionada por el periódico.
Los anuncios deben cumplir con los requisitos específicos contenidos en la normativa, que se describen a continuación.
Si el trabajo involucrado en la solicitud requiere experiencia y un título avanzado, y normalmente se usaría un diario profesional para anunciar la oportunidad de trabajo, el empleador puede, en lugar de uno de los anuncios del domingo, colocar un anuncio en el diario profesional. para traer respuestas de trabajadores estadounidenses capaces, dispuestos, calificados y disponibles. La documentación de este paso se puede cumplir proporcionando una copia de la página en la que apareció el anuncio.
Pasos adicionales de contratación
El empleador también debe seleccionar tres pasos de contratación adicionales de las alternativas que se enumeran a continuación:
Ferias de empleo. Reclutamiento en ferias de empleo para la ocupación involucrada en la solicitud, que se puede documentar mediante folletos publicitarios de la feria y anuncios en periódicos en los que se nombra al empleador como participante de la feria de empleo.
Sitio web del empleador. El uso del sitio web del empleador como medio de contratación se puede documentar proporcionando copias fechadas de las páginas del sitio que anuncian la ocupación involucrada en la solicitud.
Sitio web de búsqueda de empleo que no sea el del empleador. El uso de un sitio web de búsqueda de empleo que no sea el del empleador se puede documentar proporcionando copias fechadas de páginas de uno o más sitios web que anuncien la ocupación involucrada en la solicitud. Las copias de las páginas web generadas junto con los anuncios en los periódicos mencionados anteriormente pueden servir como documentación del uso de un sitio web que no sea el del empleador.
Reclutamiento en el campus. El reclutamiento del empleador en el campus se puede documentar proporcionando copias de la notificación emitida o publicada por la oficina de colocación de la facultad o universidad en la que se menciona al empleador y la fecha en que realizó las entrevistas para el empleo en la ocupación.
Organizaciones comerciales o profesionales. El uso de organizaciones profesionales o comerciales como fuente de contratación se puede documentar proporcionando copias de páginas de boletines o revistas comerciales que contengan anuncios de la ocupación involucrada en la solicitud de certificación de empleo para extranjeros.
Empresas de empleo privadas. El uso de empresas de empleo privadas o agencias de colocación puede documentarse proporcionando documentación suficiente para demostrar que la contratación ha sido realizada por una empresa privada para la ocupación para la que se solicita la certificación. Por ejemplo, la documentación puede consistir en copias de contratos entre el empleador y la empresa de empleo privada y copias de anuncios colocados por la empresa de empleo privada para la ocupación involucrada en la solicitud.
Programa de recomendación de empleados con incentivos. El uso de un programa de recomendación de empleados con incentivos se puede documentar proporcionando copias fechadas de los avisos o memorandos del empleador que publiciten el programa y especifiquen los incentivos ofrecidos.
Oficinas de colocación en campus. El uso de una oficina de colocación del campus se puede documentar proporcionando una copia del aviso del empleador de la oportunidad de trabajo proporcionada a la oficina de colocación del campus.
Periódicos locales y étnicos. El uso de periódicos locales y étnicos se puede documentar proporcionando una copia de la página del periódico que contiene el anuncio del empleador.
Anuncios de radio y televisión. El uso de anuncios de radio y televisión se puede documentar proporcionando una copia del texto del empleador del anuncio del empleador junto con una confirmación por escrito de la estación de radio o televisión que indique cuándo se emitió el anuncio.
Solo uno de estos pasos adicionales puede consistir únicamente en la actividad que tuvo lugar dentro de los 30 días posteriores a la presentación de la solicitud. Es posible que ninguno de los pasos haya tenido lugar más de 180 días antes de presentar la solicitud.
Ocupaciones no profesionales:
Si la solicitud es para una ocupación no profesional, el empleador debe, como mínimo, hacer una orden de trabajo y dos anuncios en el periódico dentro de los 6 meses posteriores a la presentación de la solicitud. Los pasos deben realizarse al menos 30 días pero no más de 180 días antes de la presentación de la solicitud.
Orden de trabajo:
El empleador de EE. UU. Debe realizar una orden de trabajo con la SWA que presta servicios en el área de empleo previsto durante un período de 30 días. Las fechas de inicio y finalización de la orden de trabajo ingresada en la solicitud sirven como documentación de este paso.
Anuncios en periódicos:
El empleador estadounidense debe colocar un anuncio en dos domingos diferentes en el periódico de circulación general en el área de empleo previsto más apropiada para la ocupación y los trabajadores que probablemente soliciten la oportunidad de trabajo.
Si la oportunidad de trabajo está ubicada en un área rural de empleo previsto que no tiene un periódico que publique una edición dominical, el empleador puede utilizar la edición de periódico con la circulación más amplia en el área de empleo previsto. La documentación de este paso puede satisfacerse proporcionando copias de las páginas del periódico en las que aparecieron los anuncios o prueba de publicación proporcionada por el periódico. Los anuncios deben cumplir con los requisitos contenidos en la normativa, que se describen a continuación.
Aunque la ocupación involucrada en una solicitud de certificación laboral puede ser una ocupación no profesional, las regulaciones no prohíben a los empleadores realizar más contrataciones de las especificadas para tales ocupaciones.
Requisitos de publicidad:
Los anuncios colocados en periódicos de circulación general o en revistas profesionales antes de presentar la Solicitud de Certificación de Empleo Permanente deben:
Nombre del empleador;
Indicar a los solicitantes que informen o envíen currículums, según corresponda a la ocupación, al empleador;
Proporcionar una descripción de la vacante lo suficientemente específica para informar a los trabajadores estadounidenses de la oportunidad de trabajo para la cual se busca la certificación;
Indique el área geográfica de empleo con suficiente especificidad para informar a los solicitantes de cualquier requisito de viaje y dónde probablemente tendrán que residir los solicitantes para realizar la oportunidad de trabajo;
No contener una tasa salarial más baja que la tasa salarial prevaleciente;
No contener ningún requisito de trabajo o deberes que excedan los requisitos de trabajo o deberes enumerados en el formulario ETA 9089; y
No contener salarios o términos y condiciones de empleo que sean menos favorables que los ofrecidos al extranjero.
Informe de contratación:
El empleador estadounidense debe preparar un informe de contratación firmado por el empleador o el representante del empleador que describa los pasos de contratación realizados y los resultados obtenidos, el número de contrataciones y, si corresponde, el número de trabajadores estadounidenses rechazados, categorizados según las razones legales relacionadas con el trabajo. para tales rechazos. El Oficial de Certificación, después de revisar el informe de contratación del empleador, puede solicitar los currículos o las solicitudes de los trabajadores estadounidenses, clasificados por las razones por las que los trabajadores fueron rechazados.
Un trabajador estadounidense puede y está calificado para la oportunidad de trabajo si el trabajador puede adquirir las habilidades necesarias para realizar las tareas involucradas en la ocupación durante un período razonable de capacitación en el trabajo. Rechazar a los trabajadores estadounidenses por carecer de las habilidades necesarias para desempeñar los deberes involucrados en la ocupación, donde los trabajadores estadounidenses son capaces de adquirir las habilidades durante un período razonable de capacitación en el trabajo no es una razón legal relacionada con el trabajo para rechazar a los EE. UU. trabajadores.
El empleador debe clasificar las razones legales relacionadas con el trabajo para el rechazo de los solicitantes estadounidenses y proporcionar el número de solicitantes estadounidenses rechazados en cada categoría. El informe de contratación no tiene que identificar a los trabajadores estadounidenses individuales que solicitaron la oportunidad de trabajo.
Deberes laborales, requisitos restrictivos y necesidad comercial:
Regla general para las tareas laborales
Los requisitos de la oportunidad de trabajo, a menos que se documente adecuadamente que surgen de una necesidad comercial, deben ser los que normalmente se requieren para la ocupación y no deben exceder el nivel de Preparación Vocacional Específica («SVP») asignado a la ocupación como se muestra en las Zonas de Trabajo O * NET. Para establecer una necesidad comercial, un empleador debe demostrar que los deberes y requisitos del trabajo guardan una relación razonable con la ocupación en el contexto del negocio del empleador y son esenciales para realizar el trabajo de manera razonable.
Requisitos de idioma extranjero:
No se puede incluir un requisito de idioma extranjero, a menos que esté justificado por una necesidad comercial. La demostración de la necesidad comercial de un requisito de idioma extranjero puede basarse en lo siguiente:
La naturaleza de la ocupación, por ejemplo, traductor; o
La necesidad de comunicarse con una gran mayoría de los clientes, contratistas o empleados del empleador que no pueden comunicarse de manera efectiva en inglés, como lo documenta:
El empleador proporcione el número y la proporción de sus clientes, contratistas o empleados que no pueden comunicarse en inglés y / o un plan detallado para comercializar productos o servicios en un país extranjero; y
Una explicación detallada de por qué los deberes del puesto para el que se solicita la certificación requieren contacto y comunicación frecuentes con clientes, empleados o contratistas que no pueden comunicarse en inglés y por qué es razonable creer que los clientes, empleados, empleados y clientes que supuestamente hablan un idioma extranjero y los contratistas no pueden comunicarse en inglés.
Ocupaciones combinadas
Si la oportunidad de trabajo involucra una combinación de ocupaciones, el empleador debe documentar que ha empleado normalmente a personas para esa combinación de ocupaciones, y / o los trabajadores habitualmente realizan la combinación de ocupaciones en el área de empleo previsto y / o la combinación de oportunidades de trabajo. se basa en una necesidad empresarial.
Las ocupaciones combinadas pueden documentarse mediante descripciones de puestos y registros de nómina relevantes, y / o cartas de otros empleadores que indiquen que sus trabajadores normalmente realizan la combinación de ocupaciones en el área de empleo previsto, y / o documentación de que la ocupación combinada surge de una necesidad comercial.
Requisitos alternativos:
Los requisitos de experiencia alternativa deben ser sustancialmente equivalentes a los requisitos principales de la oportunidad de trabajo para la cual se busca la certificación y si el beneficiario extranjero ya está empleado por el empleador, y el extranjero no cumple con los requisitos del trabajo principal y solo califica potencialmente para el trabajo por En virtud de los requisitos alternativos del empleador, se denegará la certificación a menos que la solicitud indique que cualquier combinación adecuada de educación, capacitación o experiencia es aceptable.
Requisitos mínimos reales:
El DOL evaluará los requisitos mínimos reales del empleador de acuerdo con las siguientes reglas:
Los requisitos laborales, como se describen, deben representar los requisitos mínimos reales del empleador para la oportunidad laboral.
El empleador no debe haber contratado trabajadores con menos capacitación o experiencia para trabajos sustancialmente comparables a los involucrados en la oportunidad de trabajo.
Si el beneficiario extranjero ya está empleado por el empleador, al considerar si los requisitos laborales representan los mínimos reales del empleador, el DOL revisará la capacitación y la experiencia que posee el beneficiario extranjero en el momento de la contratación por parte del empleador, incluso como empleado contratado.
El empleador no puede exigir que los solicitantes de trabajadores domésticos posean capacitación y / o experiencia más allá de la que poseía el extranjero en el momento de la contratación a menos que:
1) El extranjero obtuvo la experiencia mientras trabajaba para el empleador, incluso como empleado contratado, en un puesto que no es sustancialmente comparable al puesto para el que se solicita la certificación, o
2) El empleador puede demostrar que ya no es factible capacitar a un trabajador para calificar para el puesto.
Para los propósitos de la disposición anterior, el término «empleador» significa una entidad con el mismo Número de Identificación Federal de Empleador.
Un trabajo o puesto «sustancialmente comparable» significa un trabajo o puesto que requiere el desempeño de las mismas tareas laborales más del 50 por ciento del tiempo. Este requisito se puede documentar proporcionando descripciones de puestos, el porcentaje de tiempo dedicado a las diversas tareas, organigramas y registros de nómina.
Al evaluar si el beneficiario extranjero satisface los requisitos mínimos reales del empleador, el DOL no considerará ninguna educación o capacitación obtenida por el beneficiario extranjero a cargo del empleador a menos que el empleador ofrezca una capacitación similar a los solicitantes de trabajadores domésticos.
Condiciones del empleo:
Las condiciones de trabajo deben ser normales para la ocupación en el área y la industria.
Los requisitos de vivienda son aceptables para los trabajadores domésticos del servicio doméstico solo si el empleador puede demostrar que el requisito es esencial para realizar, de manera razonable, las tareas laborales descritas por el empleador y que no existen alternativas rentables a una vivienda. requisito del hogar.
Despidos:
Si ha habido un despido por parte del empleador solicitante en el área de empleo previsto dentro de los 6 meses posteriores a la presentación de una solicitud que involucre la ocupación para la cual se busca la certificación o en una ocupación relacionada, el empleador debe documentar que ha notificado y considerado todos los despidos potencialmente calificados. off (empleador solicitante) trabajadores estadounidenses de la oportunidad de trabajo involucrada en la solicitud y los resultados de la notificación y consideración.
Un despido se considerará cualquier separación involuntaria de uno o más empleados sin causa o perjuicio.
Para los propósitos de la disposición anterior, una ocupación relacionada es cualquier ocupación que requiera que los trabajadores realicen la mayoría de las tareas esenciales involucradas en la ocupación para la cual se solicita la certificación.
Influencia alienígena y control sobre la oportunidad laboral:
Si el empleador es una corporación o sociedad de propiedad cerrada en la que el extranjero tiene un interés de propiedad, o si existe una relación familiar entre los accionistas, funcionarios corporativos, incorporadores o socios, y el extranjero, o si el extranjero es uno de los pequeño número de empleados, el empleador en el caso de una auditoría debe poder demostrar la existencia de una oportunidad de trabajo de buena fe (es decir, el trabajo está disponible para todos los trabajadores de EE. UU.), y debe proporcionar al Oficial de Certificación los siguientes documentación:
1) Una copia de los artículos de incorporación, contrato de sociedad, licencia comercial o documentos similares que establecen la entidad comercial;
2) Una lista de todos los funcionarios corporativos / de la compañía y accionistas / socios de la corporación / firma / negocio, sus títulos y posiciones en la estructura del negocio, y una descripción de las relaciones entre ellos y con el beneficiario extranjero;
3) El historial financiero de la corporación / compañía / sociedad, incluida la inversión total en la entidad comercial y el monto de la inversión de cada funcionario, incorporador / socio y beneficiario extranjero;
4) El nombre del funcionario de la empresa con la responsabilidad principal de entrevistar y contratar a los solicitantes para puestos dentro de la organización y el nombre (s) de los funcionarios de la empresa que tienen control o influencia sobre las decisiones de contratación que involucran el puesto para el cual la certificación laboral se busca; y
5) Si el extranjero es uno de los 10 empleados o menos, el empleador debe documentar cualquier relación familiar entre los empleados y el extranjero.
Auditorías / Solicitudes de información:
No es necesario presentar documentación de respaldo con la solicitud, pero el empleador debe proporcionar la documentación de respaldo requerida si se selecciona la solicitud del empleador para auditoría o si el Oficial de Certificación lo solicita de otra manera.
Retención de registros:
Se requiere que el empleador retenga toda la documentación de respaldo durante cinco años a partir de la fecha de presentación de la Solicitud de Certificación de Empleo Permanente.
Volver a presentar una solicitud de certificación laboral previa bajo PERM
Si no se ha realizado una orden de trabajo de conformidad con las regulaciones vigentes antes del 28 de marzo de 2005, un empleador puede volver a presentarlo retirando la solicitud original y presentando, dentro de los 210 días posteriores a la cancelación, una solicitud para una oportunidad de trabajo idéntica que cumpla con todos los requisitos. requisitos del nuevo reglamento PERM.
Adjudicación:
Si el Centro Nacional de Procesamiento correspondiente aprueba la solicitud, el Oficial Certificador “certifica” el Formulario ETA 9089 y se lo devuelve al empleador o agente que presentó la solicitud.
Luego, el empleador o agente presenta la petición I-140 basada en el empleo del beneficiario ante el USCIS e incluye el formulario ETA 9089 certificado con la petición.
Apelación de denegaciones:
La denegación de una solicitud de certificación laboral puede ser revisada por la Junta de Apelaciones de Certificación Laboral para Extranjeros (“BALCA”).
BALCA puede afirmar la denegación de la certificación laboral, ordenar al CO que apruebe la certificación laboral o devolver el caso al CO para su reconsideración de una manera consistente con sus instrucciones.
Contáctenos:
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